Conmemoramos hoy 74 años de la “Declaración de los Derechos del Trabajador” proclamados por el General Juan Domingo Perón en 1947. Lo hacemos en un contexto muy especial para la humanidad por la irrupción del virus Sars COV-2, y en un tiempo de aceleración de aplicaciones tecnológicas que producen profundas mutaciones en las dinámicas sociales y económicas. A esas transformaciones damos respuesta con nuestra labor diaria, con formación permanente calificando y cualificando a las y a los trabajadores, con participación activa en todos los ámbitos y foros en el mundo del trabajo y los derechos de los trabajadores están insertos. Es cierto, la realidad se transforma y también algunos alcances legales, tal lo es la recientemente sancionada Ley de Teletrabajo. Todo está contenido siempre en esa “Declaración de los Derechos del Trabajador”.
La universalidad de los 10 Derechos del Trabajador, que el Presidente Perón presentó en el acto organizado por la C.G.T. el 24 de febrero de 1947, es prístina. El encabezado del documento, que dice textualmente: “El Presidente de la Nación Argentina haciéndose interprete de los anhelos de justicia social que alientan los pueblos y teniendo en cuenta que los derechos derivados del trabajo, al igual que las libertades individuales, constituyen atributos naturales, inalienables e imprescriptibles de la personalidad humana, cuyo desconocimiento o agravio es causal de antagonismos, luchas y malestares sociales considera necesario y oportuno enunciarlos mediante una declaración expresa, a fin de que, en el presente y en el futuro, sirva de norma para orientar la acción de los individuos y de los poderes públicos, dirigida a elevar la cultura social, dignificar el trabajo y humanizar el capital, como la mejor forma de establecer el equilibrio entre las fuerzas concurrentes de la economía y de afianzar, en un nuevo ordenamiento jurídico, los principios que inspiran la legislación social”.
Los Derechos del Trabajador enunciados son: derecho al trabajo, derecho a una justa distribución, derecho a la capacitación, derecho a condiciones dignas de trabajo y de vida, derecho a la salud, derecho al bienestar, derecho a la seguridad social, derecho a la protección de la familia, derecho al mejoramiento económico y derecho a la defensa de los intereses profesionales.
Estos 10 Derechos se plasmaron formalmente en el Decreto 4.865 del Poder Ejecutivo Nacional el 7 de marzo del mismo año. Luego, en 1949 se incorporaron a la Constitución de la Nación Argentina en el artículo 37.
Si bien, en 1956 la auto-denominada Revolución Libertadora anuló todas las reformas sociales legisladas e incluidas en la Constitución de 1949, los Derechos de los Trabajadores fueron incorporados en el artículo Nº 14 bis, en el año 1957.
El 24 de febrero de 1947 el General Perón selló el futuro de las y los trabajadores, dio entidad concreta a su afirmación: “No existe para el peronismo más que una sola clase de hombres: los que trabajan”.
A esa clase de hombres y mujeres, Juan D. Perón les otorgó clase social y pertenencia política. A esos hombres y mujeres tantas veces postergados, olvidados, explotados y hasta fusilados por defender sus derechos, nuestro líder y conductor los erigió en la columna vertebral de un partido político que transformó por siempre la historia argentina y la vida de las y los trabajadores. Puso en alto su dignidad.
Este 24 de febrero, el Secretariado Nacional de la FATLyF, los 41 Sindicatos de Luz y Fuerza del país, cada trabajadora y trabajador de Luz y Fuerza reconfirmamos la defensa irrestricta de esos Derechos, los nuestros, los que enarbolamos con la fuerza de unidad y la solidaridad.